Reintegros SUTEBA

Opción de obra social, Tramites

Los reintegros se constituyen como tal a partir del otorgamiento de aportes cuyo fin es devolverle al afiliado el costo que asume por una determinada prestación de salud. En ocasiones se comporta como coseguro, es decir, un complemento de los servicios de salud que brinda la Obra Social -IOMA-, y en otros casos, cumple la función de cubrir los costos que la Obra Social no cubre. Nuestro Sindicato brinda a nuestros afiliados reintegros con esos fines, algunos son complementarios y otros son otorgados por decisión de SUTEBA como un beneficiomás frente a la la salud de los trabajadores.

VIAJES POR MOTIVOS DE SALUD

Esta prestación es para la realización de consultas o estudios diagnósticos con los que no cuentan en la localidad de origen.

 

REINTEGRO DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

Se realizará un reintegro contemplando ida y vuelta en:

-Trasporte Público (colectivo / tren / combi / avión). La cobertura de un/a acompañante está sujeta a auditoría médica.

-Transporte automotor.

-Transporte automotor privado queda sujeta a auditoría médica.

 

-Pasaje o factura de combustible original.

-Constancia de atención del prestador de IOMA, donde figure fecha de la misma.

-Número de CBU.




     
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ALOJAMIENTO POR MOTIVOS DE SALUD

REINTEGRO DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

Para alojarse en hoteles de otras localidades de la provincia de Buenos Aires o en localidades de Provincias limítrofes:

-Se reintegrará un porcentaje de la tarifa diaria hasta 30 días por año calendario.

-Presentación de factura con validez fiscal.

ALOJAMIENTO EN LOS HOTELES Y CASAS DEL DOCENTE DE SUTEBA

Se cuenta con valores preferenciales en las Casas de:

  • Junín
  • Bahía Blanca
  • Pehuajó
  • San Nicolás
  • Trenque Lauquen

Y en los hoteles de:

  • Mar del Plata
  • La Plata


ALOJAMIENTO POR MOTIVO DE SALUD

Información sobre la cobertura y los reintegros correspondientes a la misma

El beneficio existirá exclusivamente cuando el paciente sea afiliado titular de SUTEBA del interior de la Prov. de Bs. As. que deba alojarse en Ciudad de Buenos Aires, otras localidades de la misma provincia o en localidades de provicias limitrofes con convenios con IOMA. La cobertura de un acompañante quedará sujeta a Auditoría Médica.

AUDIFONOS

Se reconocerá un porcentaje de lo cubierto por IOMA vía reintegro, sujeto a Auditoria Médica de SUTEBA.  
Documentación a presentar: Orden de provisión/cobertura de IOMA y Factura por monto total abonado o factura original por la diferencia a cargo del afiliado.

CONSULTA MÉDICA DIFERENCIAL INTERIOR

Se reintegra el valor del copago para consultas a profesionales con categoría B ó C. Con tope.

Para el reintegro deberá presentar:

-bono de consulta o constancia emitida por el profesional con el nombre del afiliado / beneficiario, fecha de realización de la consulta, categoría del profesional, importe abonado y firma y sello del profesional.

PRÁCTICAS AGREMIACIÓN MÉDICA PLATENSE

Prácticas de Agremiación Médica Platense, se reconocerán un porcentaje por reintegro según la auditoría Médica de SUTEBA

Para el reintegro deberá presentar:

  • Bono Original. El bono debe consignar firma y sello del profesional y el plazo de vigencia de 90 días a partir de la fecha de emisión del mismo.

BONOS DE PRÁCTICAS DE LABORATORIO

Se reintegra dos bonos por semestre por el 100% del valor correspondiente. Los afiliados/as ingresados/as al plan MEPPES del IOMA no deben abonar bono bioquímico.  
Para el reintegro se deberá presentar:

-Talón del bono o un comprobante de pago de pago del mismos. Deberá constar: valor, fecha, número de afiliado/a, firma y sello del laboratorio.

El reintegro corresponderá al valor del bono por las prácticas autorizadas por el IOMA. No se reintegrarán montos correspondientes a prácticas no autorizadas por IOMA.

BONOS DE PRÁCTICA AUDIOLÓGICA

Prácticas contempladas:                                                        

  • Audiometría tonal en adultos                                                                  
  • Audiometría tonal en niños y otras discapacidades asociadas                                                            
  • Logoaudiometría                                     
  • Pruebas supraliminares                       
  • Impedanciometría y Timpanometría
  • Selección de otoamplífonos                
  • Otoemisiones acústicas                          


    Se reintegra el valor de las prácticas audiológicas con cobertura al 100% sin tope de bonos.    
           
    Para el reintegro deberá presentar:    

  • Talón del bono.
  • Fotocopia de la orden médica.
  • Factura original del profesional.
  • Comprobante de C.B.U.

BONOS DE TRATAMIENTO FONOAUDIOLÓGICO

Se reintegra el bono de tratamiento fonoaudiológico con cobertura al 100% para el afiliado y su grupo familiar sin tope de bonos.
                  
    Para el reintegro deberá presentar:

  • Talón del bono.
  • Fotocopia de la orden médica.
  • Factura original del profesional.
  • Comprobante de C.B.U.

BONOS KINESIOLÓGICOS

Se reintegra cobertura en rehabilitación para patologías funcionales y estructurales que afectan los sistemas respiratorios, hosteomuscular, articular, neurológico y vascular que serán incluidos en los módulos correspondientes según el diagnóstico médico.

 El bono de kinesiología tendrá un reintegro del 100% para todos los módulos.
Para el reintegro deberá presentar:

  • Fotocopia de la Orden Médica con diagnostico.
  • Fotocopia del bono o talón.
  • Factura o recibo original emitido por el profesional.
  • Comprobante de C.B.U.

BONOS DE PRÁCTICAS AMBULATORIAS DE BAJA COMPLEJIDAD

Se reintegra en prácticas ambulatorias de baja complejidad cuando el profesional tiene categoría B y C  con cobertura al 100%.el bono autorizado en el círculo médico local con cobertura al 100%.


Para las prácticas de autorización directa y Agremiación Médica Platense se reintegra un monto según Auditoría Médica.

Para el reintegro deberá presentar:

  • Fotocopia de Orden Médica
  • Fotocopia del Bono de Práctica (la copia debe consignar firma y sello del profesional)
  • Comprobante de CBU

MEDICAMENTOS

En caso que el IOMA apruebe la cobertura de un medicamento por excepción,  podrá  solicitar la cobertura por reintegro, quedando sujeto a consideración de la  Auditoria Médica.

En caso de Compra abierta, el coseguro cubre el 50% del monto fijo reconocido por IOMA.

En caso de Uso normatizado, el porcentaje de cobertura queda sujeto a Auditoría.
          Para el reintegro deberá presentar:

  • Fotocopia de autorización de IOMA.
  • Orden Médica
  • Factura o ticket original
  • Comprobante de CBU

EDUCACIÓN ESPECIAL

  • Se reconoce vía reintegro un porcentaje a criterio de Auditoría Médica de hasta un 20% del monto cubierto por IOMA, según modalidad de atención Escuela Especial, Centro de Día, Centro Educativo Terapéutico y Hogar.

Para el reintegro deberá presentar:

  • Disposición de cobertura de IOMA emitida al afiliado solicitante
  • Fotocopia de Autorización de IOMA, constancia de renovación de cobertura online para afiliados que utilizan el beneficio con antigüedad.
  • Factura Original donde conste: Porcentaje no cubierto por IOMA o a cargo del afiliado, Tipo de prestación, Mes de prestación y copia fiel de la facturación del prestador a IOMA.
  • Comprobante CBU

DISCAPACIDAD TRANSPORTE

Para aquellos afiliados que no reciban el beneficio de cobertura de Escuela Especial (porque por Ej. concurre a una institución pública) pueden solicitar la cobertura en trasporte, se reconoce un monto fijo vía reintegro un porcentaje a criterio de Auditoría Médica).

Para el reintegro deberá presentar:

  • Disposición de cobertura de IOMA.
  • Certificado de asistencia a la institución / constancia de alumno regular.
  • Factura original de trasporte por la diferencia a cargo del afiliado y copia de la facturación a IOMA o copia fiel de la factura por el total más liquidación de reintegro de IOMA.
  • Comprobante CBU

La factura debe consignar datos del beneficiario y mes de prestación a la que corresponde

ORTOPEDIA

PLANTILLAS Y ZAPATOS ORTOPÉDICOS
  • Plantillas: hasta el 30% del valor por año por reintegro.
  • Zapatos ortopédicos: hasta el 20% del valor una vez por año por reintegro.
  • Para acceder al beneficio, el afiliado deberá tener 6 meses de aporte al coseguro.

PARA EL REINTEGRO DEBERÁ PRESENTAR:

  • Orden médica
  • Recibo original
MEDIAS ELÁSTICAS

COBERTURA:

 

  • Se reconoce 20% una vez por año por reintegro.
  • Para acceder al beneficio el afiliado deberá tener un mes de aporte al

coseguro.

ACCESO A LA PRESTACIÓN:

Deberá Presentar:
• Orden Médica realizada por un Flebólogo, Cirujano
Vascular o Profesional de nuestros Centros de Salud.
• Factura de lo abonado por el afiliado

ODONTOLOGÍA

BONOS ODONTOLÓGICOS:

 

No corresponde el reintegro de bonos odontológicos ya que se entrega un bono odontológico por mes con cobertura del 100% en la Seccional o Centro de Salud.

 

PRÓTESIS: prestaciones por convenio

 

Se reintegra el Bono de Consulta Protética y los de prótesis al 100%.

Para el reintegro deberá presentar:
 
  • Talón original del bono
  • Órden médica o Planilla de Autorización para Prótesis Sociales.
PRÓTESIS Y ORTODONCIA: prestaciones vía trámite

 

Se reconoce, a criterio de Auditoría Médica, el 20% de lo cubierto por IOMA para Prótesis y Ortodoncia.

Para el reintegro deberá presentar:
 

  • Disposición de cobertura de IOMA.
  • Comprobante de reintegro liquidado por IOMA.
  • Copia fiel de factura por el tratamiento.
Cuando estas prestaciones se realicen en nuestros Centros de Salud no se reconocerá esta cobertura por reintegro ya que está garantizada la realización de las mismas a menor costo que en otros prestadores.

SALUD MENTAL

Tratamiento psicoterapéutico

En todos los tratamientos psicoterapéuticos autorizados por IOMA, se reintegra hasta $65 por cada sesión hasta un total de 88 sesiones.

Para el reintegro deberá presentar:

Fotocopia de facturación emitida por el psicólogo prestador
Comunicación del IOMA de autorización de tratamiento donde conste la cantidad de sesiones, período y monto por sesión autorizados.

Cuando no existan prestadores de IOMA para realizar Tratamiento Psicoterapéutico, se reconocerá hasta $71 por cada sesión, hasta 88 sesiones, vía reintegro
Para el reintegro deberá presentar:

  • Disposición de cobertura de IOMA y comprobante de reintegro.  
  • Fotocopia de factura con sello de copia fiel de IOMA.
  • Comprobante de CBU


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